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CRONOLOGÍA: Años 1400-1475
Año 1404: El concejo abulense, reunido según su costumbre en el portal de la Iglesia de San Juan, crea una ordenanza por la cual ningún vecino o morador en la çibdad de Auila e en su Tierra osara tener medidas de pan e vyno, salvo que sean selladas e fechas en el sello del dicho conçejo e de los sus fieles, pues si se las encontraren éstos sin tales requisitos se las puedan quebrar e, demás, que pechen en pena cada vegada diez maravedís que sean para los dichos fyeles. Año
1414. En la pesquisa realizada en Graxos, día 22 de octubre, vuelve a insistir el procurador de Sancho, Ferrand Velázquez, que Alfonso González -vecino de Manjabálago y que en las pesquisas había declarado que los artuñeros los tenía usurpados el tal dicho Sancho- le odiaba a muerte y los demás eran enemigos declarados, a todos aprovecharía que le condenaran pues así podrían pastar sus ganados con libertad; de otro testigo, Domingo, que era tuerto y por tanto no podía ser testigo; de otros que han sido moharraches e se visten de mugeres e de diablos; a los comarcanos de Villaviciosa que estaba excomulgados por no confesar, no recibir sacramentos, frecuentar las tabernas y que le tenían odio; de los de Gallegos dijo que eran tan bebedores que hasta lo hacían en las sartenes e las tocas de las mugeres y que por todo lo dicho la pesquisa era nula del todo. El 28 de septiembre de 1415 sentencian los jueces que el artuñero que dicen de Gonçalo Gómez es del procomún. Año 1434. Inclemencias meteorológicas: "En todos los días (desde comienzos de noviembre de 1434 hasta los primeros días de enero de 1435) nunca cesó agua o nieve, en tal manera que se hundieron muchas casas en el Reyno...y la avenida de los ríos derribó muchos molinos". (Crónica de Juan II) Año 1450. El dinero se escondía, como siempre, en la ciudad, donde acudían los vecinos de los pueblos -por la feria de octubre, Toribio Sánchez, del lugar de Graxos, pidió un préstamo de 950 maravedíes de vellón- para salir del paso en apuros mediante préstamos pagaderos con sangre, sudor y lágrimas, a veces en dinero para sembrar, otras un buey para labrar, obligando siempre su futura cosecha de pan o vino, sin contar el más que probable interés usurero, que nunca se reflejaba en los documentos de la época. No se especifica el interés que tuvo que pagar nuestro paisano al prestamista, pero nos puede valer como ejemplo cómo el mismo año el zapatero de Adanero, Alfonso Fernández, se obliga a dar a Pedro, hijo de Luis González de San Juan, 3 moyos de mosto por los 600 maravedíes que le presta. Encima, en prenda, el fiador cogería una cuba y el fruto de sus viñas. (El moyo era una medida de capacidad de unas 16 cántaras, equivalente a 258 litros, que se usaba en Castilla para el vino, y en Galicia para áridos.) Año 1458 : Para proseguir la guerra contra el turco, el Papa Calixto III concedió un subsidio por el que todas las parroquias, conventos, ermitas, hospitales, etc., deberían contribuir. Para hacerlo con equidad se resolvió pedir relación de ingresos de todas las piezas eclesiásticas del obispado: el Libro de los veros valores. Graxos pertenecía entonces al arciprestazgo de Ávila, y el cura titular de la parroquia, Francisco Martínez de Burgos, obtenía un beneficio de 3.300 mrs.; el capellán del beneficiado curado -hoy diríamos coadjutor- Juan Yañez, 2.800; su iglesia de San Juan, 1.103, y la sacristanía 630. Para mejor hacernos una idea de tales salarios, anotamos que: una fanega de trigo=13 mrs.; una fanega de cebada=8 mrs.; una cántara de vino=16 mrs. Año
1475. |
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